El Ciudadano Concordia

Noticias para los que vivimos acá, no para los que nos gobiernan

El Ciudadano Concordia

Noticias para los que vivimos acá, no para los que nos gobiernan

Uncategorized

Causa Contratos Truchos: Jueza Barbagelata Define si Sostiene Inhibiciones a una Mujer No Imputada

La jueza Marina Barbagelata decidirá este viernes si mantiene o revisa las inhibiciones generales de bienes sobre María Alejandra Camisassa, esposa de un imputado en la megacausa de los “Contratos Truchos” pero sin cargos en su contra.
La situación escaló tras un embargo erróneo de su jubilación, sumando un nuevo capítulo a las controversias sobre la proporcionalidad de las medidas judiciales en esta compleja investigación.

La trama de la megacausa de los “Contratos Truchos”, que investiga la sustracción de millonarias sumas de las arcas estatales en Entre Ríos entre 2008 y 2018 mediante contratos simulados en las Cámaras Legislativas, añade este viernes un nuevo elemento que pone a prueba la equidad del sistema judicial. La jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, deberá resolver sobre la revisión de medidas de inhibición general de bienes que, desde 2019, pesan sobre personas no directamente implicadas en la maniobra. En el centro del debate, la situación de María Alejandra Camisassa, esposa de uno de los 32 imputados, Jorge De Breuil, quien no figura en el expediente como partícipe de la defraudación.

El defensor de Camisassa, Hugo González Elías, solicitó la revisión de estas inhibiciones tras un insólito error: la medida, dispuesta originalmente en 2019, se extendió por fallo del Banco Central de la República Argentina (BCRA) al haber jubilatorio de la mujer, un ingreso por ley inembargable por su carácter alimentario. Ante el acuerdo de las partes, la jueza Barbagelata ya ordenó el envío de un oficio para que se cese de inmediato la paralización de su haber jubilatorio. No obstante, el debate central se enfoca en la inhibición general de bienes: mientras la Fiscalía de Estado acompañó el pedido para levantar el embargo sobre la jubilación —argumentando que no demandó a Camisassa y que los argumentos son “atendibles”—, el Ministerio Público Fiscal (MPF) avaló esta decisión, pero se opuso férreamente a revisar la inhibición general, sosteniendo que los bienes podrían provenir de los contratos fraudulentos y deben ser custodiados ante un posible decomiso.

González Elías calificó la medida de «desproporcionada, injusta e injustificada» para una mujer adulta con vida productiva, haciendo hincapié en que la restricción patrimonial no es coherente con la finalidad esgrimida por el MPF. Argumentó que, si bien en 2019 pudo haber existido una «causa probable» que justificara la inhibición inicial, casi siete años después, la ausencia de cargos o demandas contra Camisassa por parte de las fiscalías anula cualquier base «resarcitoria» o probatoria. Para el letrado, la situación actual exige una reevaluación que respete los derechos individuales frente a una investigación que se extiende en el tiempo.

Este debate cobra particular relevancia al recordar los antecedentes de las inhibiciones en esta misma causa. Fue una medida similar la que, en su momento, expuso la adquisición de propiedades por parte de la ex procuradora general adjunta Cecilia Goyeneche —entonces fiscal anticorrupción— con fideicomisos vinculados a uno de los imputados. Además, la defensa de Camisassa puso en evidencia un presunto «tratamiento dispar» en casos similares, mencionando la inhibición de parejas no imputadas en algunos casos, y no en otros, sugiriendo un «sesgo arbitrario» con características de género. La lista de ejemplos presentados por el defensor subraya la inconsistencia, desde parejas donde solo se inhibió al varón imputado, hasta aquellas donde ambos fueron imputados e inhibidos, o, como en el caso de Camisassa, la mujer no imputada pero sí inhibida.

La decisión de la jueza Barbagelata, esperada para este viernes, no solo impactará directamente en la vida de María Alejandra Camisassa, sino que sentará un precedente significativo sobre la aplicación de medidas cautelares en causas de corrupción. La sociedad de Concordia, atenta a los avances de esta causa que desnudó graves falencias en la administración pública, espera una resolución que conjugue la necesidad de resguardar el patrimonio público con el respeto irrestricto de las garantías individuales.

Fuente: ver nota original

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *