El Concejo de Concordia Interviene: ¿Claridad para el Sector de Eventos o Meras Formalidades?
Ante la incertidumbre jurídica generada por la interpretación del cobro de derechos musicales, el Concejo Deliberante de Concordia emitió una resolución clave. La medida busca dar respaldo a un decreto nacional que exime a ciertas fiestas privadas de estos pagos, impactando directamente en la economía local.
En una acción que busca aportar previsibilidad al sector local de eventos, el Concejo Deliberante de Concordia sancionó, el pasado 2 de julio, la Resolución N° 10.434. Esta normativa municipal ratifica y establece como criterio interpretativo en la ciudad los alcances del Decreto Nacional N° 765/2024, el cual modifica la reglamentación de la Ley de Propiedad Intelectual y genera un impacto directo en la organización de fiestas privadas.
La iniciativa del Concejo no surgió de la nada, sino que fue una respuesta a la preocupación manifestada por representantes de salones de eventos y espacios de celebraciones de Concordia. Estos actores locales venían enfrentando «interpretaciones disímiles» sobre la exigencia del pago de derechos de autor por ejecución pública de obras musicales en fiestas privadas, lo que generaba una marcada incertidumbre jurídica. El decreto nacional 765/2024, ahora respaldado localmente, redefinió el concepto de «ejecución pública», excluyendo explícitamente aquellas utilizaciones de obras que se desarrollan en un ámbito privado, de ocupación temporal, con acceso restringido y reservado exclusivamente a invitados. Esta modificación busca diferenciar claramente los actos de carácter público de aquellos que pertenecen a la esfera estrictamente privada, delimitando los casos alcanzados por el régimen de derechos de autor.
Para el Concejo Deliberante, la persistencia de estas interpretaciones contradictorias no solo es un problema legal, sino que «afecta la previsibilidad necesaria para el normal desenvolvimiento de una actividad económica» vital para la ciudad. La organización de eventos sociales, culturales y familiares ha sido destacada como un «importante motor económico local», generador de empleo directo e indirecto, y un pilar para los sectores comercial, turístico y gastronómico de Concordia. En este sentido, la resolución subraya que la seguridad jurídica es fundamental para fomentar la inversión y el crecimiento productivo.
Aun reconociendo que la propiedad intelectual es una materia de competencia federal –cuya legislación corresponde al Congreso y su reglamentación al Poder Ejecutivo Nacional–, el Concejo Deliberante justificó su intervención. Argumentó poseer facultades para expresar una posición institucional cuando las normas nacionales inciden directamente en actividades económicas desarrolladas en el ejido municipal y son objeto de consulta por parte de sectores representativos de la comunidad. Así, la Resolución N° 10.434 manifiesta la conformidad del cuerpo con el decreto nacional y establece su aplicación como «criterio interpretativo» oficial en Concordia.
Esta confirmación por parte del legislativo local fue posteriormente ratificada por el Departamento Ejecutivo Municipal. Mediante la Resolución N° 38.859, firmada por el intendente Francisco Azcué, la medida fue promulgada el 3 de julio de 2026. La fecha, que se proyecta al futuro, llama la atención en la gestión de una incertidumbre que el sector venía padeciendo en el presente. Con este pronunciamiento, el gobierno local busca, de una vez por todas, disipar las dudas que complicaban a un eslabón clave de la economía concordiense, aunque su concreción formal se proyecte en el tiempo.
Fuente: ver nota original